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Nacionales

“Malapportionment” en Argentina: más diputados, pero… ¿dónde los sentamos?

Última actualización: 30 agosto, 2026 02:02
30 agosto, 2026
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8 min de lectura
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Buenos Aires, 30 agosto (NA) — Al calor de noventa días que fueron quizás el último gran encuentro de la dirigencia política argentina toda, en el litoral de nuestro país (repartidos principalmente entre Santa Fe y Paraná), los convencionales constituyentes previeron que era necesario actualizar la cantidad de representantes del Pueblo en función de los valores que fueran arrojando los censos nacionales. En términos de representación también se definió que la elección de presidente y vicepresidente, como de senadores nacionales, sea de manera directa. Y sobre estos últimos, que se agregue un tercer senador por la minoría. Por supuesto que podría decirse muchísimo más sobre la reforma de la Carta Magna, pero los caracteres son tiranos. Hay una ley de fines de la última dictadura cívico-militar (Ley 22.847, de convocatoria electoral) que establece un mínimo de cinco diputados nacionales por provincia. Su artículo 3 sentencia: “El número de diputados nacionales a elegir será de uno por cada 161.000 habitantes o fracción no menor de 80.500. A dicha representación se agregará, por cada distrito, la cantidad de tres (3) diputados, no pudiendo en ningún caso ser menor de cinco (5) diputados ni inferior a la que cada distrito tenía al 23 de marzo de 1976. El Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, elegirá dos (2) diputados”. La Constitución Nacional, dentro de lo estipulado en el artículo 45, dice también: “Después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado”. Un trabajo muy interesante de los colegas Aguerre, Cruz y Magnasco (CiCaD, 2023) actualiza el número de bancas según la normativa vigente y lo que establece la Constitución. Entre otros elementos muy interesantes resaltan que la cantidad de bancas debería incrementarse de 257 a 359 y que en este reparto se disminuirían algunos efectos del malaporcionamiento vigente, que define provincias subrepresentadas (la Provincia de Buenos Aires, la más castigada) y sobrerepresentadas (Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, la más favorecida). Ingresar en este debate tiene dos problemas que confluyen. El primero de ellos es el rechazo a todo lo que signifique aumentar el gasto político, una enorme hipocresía con la que convivimos hace ya décadas. La democracia es por definición un sistema caro, pero el mejor que conocemos para organizar la convivencia política. Querer vivir en democracia es aceptar que su financiamiento es alto. El segundo problema de la ecuación es que muchas provincias se verían afectadas por el incremento de bancas, principalmente aquellas que hoy se benefician de estar sobrerrepresentadas. Fruto de ello, hace años distintos legisladores nacionales (y de distintos partidos) impulsan leyes con el fin de cumplir con el mandato constitucional de incremento de bancas dado el crecimiento poblacional. En algún momento tendrá que ocurrir que el debate alcance la mayoría de edad y se avance en aquello que los convencionales advirtieron y plasmaron en el texto constitucional. Lo interesante es abordar un tema práctico en relación con este incremento de bancas. Supongamos que se logra la licencia social para aumentar los cargos políticos. Luego asumamos que los distritos sobrerrepresentados (dentro de los cuales también se encuentra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) aceptan dar la discusión. El gran interrogante que se abre es ¿adónde pondremos las más de 100 bancas que habría que agregar para sesionar en el recinto de la Cámara de Diputados? Para quienes no conozcan el imponente recinto de la cámara baja en el Congreso, vale decir que sus dimensiones son mucho más pequeñas que las que se advierten cuando ponemos las sesiones en vivo en nuestros dispositivos. Incorporar bancas tiene un impedimento físico muy concreto. Pero, además, el edificio del Congreso es un “monumento histórico y artístico nacional”, motivo por el cual no puede sufrir modificaciones edilicias, solo restauración. Dicho esto, imaginar la creación de otro piso o estructura permanente donde agregar escaños queda fuera del menú de opciones. ¿Y entonces? La respuesta la podemos encontrar en la tecnología. Y el antecedente en la pandemia. Producto del COVID-19 en 2020 y parte de 2021 las cámaras legislativas se vieron obligadas a saltar el laberinto del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO) y aprobar la celebración de sesiones remotas, con sendos protocolos telemáticos específicos. Lo que ocurrió en la práctica fue que tanto el recinto del Senado como el de Diputados se llenó de pantallas movibles que no alteraban el edificio en donde los legisladores nacionales sancionaban las leyes para la república hasta tanto durara la prohibición de circulación de personas impuesta por la autoridad sanitaria. Hubo que poner tecnología, ingenio y software al servicio del Poder Legislativo. Al igual que con la discusión del trabajo remoto que millones de trabajadores llevaron a cabo durante el ASPO, cuando se flexibilizó la circulación de personas nuevamente ya en terreno del “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” (DISPO), las sesiones volvieron a ser presenciales. Y así como el sector privado no se desprendió del todo del trabajo remoto, la Cámara de Diputados podría trabajar con el aumento de bancas con un esquema de rotaciones de legisladores al momento de sesionar: algunos sentados en las bancas, otros conectados telemáticamente. Y aquí además hay una buena noticia para aquellos preocupados en el gasto político: no sería nada caro implementarlo. De hecho, algunas legislaturas provinciales lo incorporaron reglamentariamente en su funcionamiento habitual: el Senado de la Provincia de Buenos Aires admite por “causas extraordinarias” la posibilidad de que los senadores se conecten, participen de las discusiones y voten de manera remota. La Cámara de Diputados bonaerense admite que los legisladores se conecten de manera remota a las reuniones de comisión, pero no así en las sesiones. En definitiva, avanzar en el incremento de bancas, superada la falacia del gasto y la realidad de la sobrerrepresentación, no parece algo de imposible cumplimiento. Depende de una ley y de una protocolización muy clara acerca de las presencias físicas y virtuales en los recintos. Hace pocos días, producto de la discusión del capítulo de extranjerización de tierras y la imposibilidad de concurrir a la Ciudad de Buenos Aires de una senadora mendocina y un senador catamarqueño por sendos motivos de salud, volvió a ponerse sobre la mesa la posibilidad de implementar el “home office” para los legisladores nacionales. Ahora el tema se encuentra en análisis de la Comisión de Asuntos Constitucionales. No sería descabellado pensar que algo similar pueda ocurrir con la Cámara Baja. Agencia NA

Fuente: Agencia Noticias Argentinas

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