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Leyendo: Nuevo Código Procesal Penal de Corrientes: “el sueño de la reforma surgió en la Facultad de Derecho de la UNNE”
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Chaco

Nuevo Código Procesal Penal de Corrientes: “el sueño de la reforma surgió en la Facultad de Derecho de la UNNE”

Última actualización: 15 septiembre, 2020 20:27
15 septiembre, 2020
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14 min de lectura
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La abogada especialista en Derecho Procesal, Jueza Correccional N° 1 de Corrientes y docente de la Facultad de Derecho de la UNNE, Dra. Gabriela Aromí de Sommer explicó el funcionamiento del nuevo sistema, destacó sus beneficios así como el arduo trabajo de años para alcanzar esta norma que entró en vigencia el pasado 1 de septiembre. En ese marco, resaltó el compromiso de la Universidad Nacional del Nordeste y particularmente de la mencionada Unidad Académica, donde se gestó este proceso y donde se viene formando profesionales para trabajar en este nuevo sistema.

 

“La importancia -de la puesta en marcha del Nuevo Código Procesal Penal de Corrientes-, es enorme”, aseguró la especialista en una entrevista realizada en Radio UNNE, 99.7, durante la cual explicó, con pedagogía docente, de qué se trata esta nueva normativa que demandó “más de 15 años de proyectos presentados, y 20 años de trabajo”.

 

El nuevo Código, que la Legislatura correntina convirtió en Ley a fines de 2019, reemplaza una norma de 1971 sancionada por un gobierno de facto. Tiene 482 artículos, y se destaca por su modernidad, por promover la participación ciudadana y agilizar los procesos judiciales. Desde el 1 de septiembre pasado, se implementa en la Cuarta Circunscripción Judicial de Corrientes, cuya cabecera es Paso de los Libres, y al tercer año se extenderá a toda la provincia.

 

“Venimos trabajando fundamentalmente desde la Universidad, en esto que implica más que un cambio de código, un cambio de paradigma. Porque implica ajustar el sistema de justicia penal, al modelo constitucional”, señaló Aromí. Esto genera cambios enormes no solo en lo normativo, sino también en el modelo de organización de las estructuras judiciales, y del Ministerio Público Fiscal y de la defensa. Y también un cambio en los modos de trabajo de todos los operadores”, agregó.

 

“El sueño de la reforma surgió en la Facultad de Derecho de la UNNE”, aseguró la jueza y recordó que en el año 1999 “nos propusimos como objetivo trabajar y elaboramos el primer proyecto” que se presentó en el año 2004 y que si bien no prosperó, “seguimos trabajando desde la UNNE, y cambiamos la modalidad de enseñanza”.

 

Como profesora adjunta de Derecho Procesal Penal y Laboral (Cátedra C) Facultad de Derecho – UNNE, destacó “el enorme esfuerzo y apoyo de la Universidad Nacional del Nordeste”, no sólo en avanzar con los primeros estudios del Código Procesal Penal, sino también por avanzar en la formación de los profesionales ya con esta visión, antes incluso de contar con la nueva norma. “Venimos formando a los abogados, en estas técnicas que son propias del modelo acusatorio. Los preparamos para litigar en audiencias orales mucho antes de que tengamos los nuevos códigos”, dijo.

 

Así, “hoy tenemos una generación de profesionales formados para trabajar en el modelo acusatorio”, destacó y mencionó además la existencia de clubes de litigación en las cuatro provincias del NEA. “Chicos que salieron de la universidad y volvieron a sus hogares, y crearon estos clubes conde siguen trabajando estas técnicas de litigación acordes al modelo acusatorio”, dijo en relación a los espacios existentes en Corrientes, Chaco, Misiones y Formosa.

 

“Y esto es producto del trabajo incansable y del apoyo enorme de la Facultad de Derecho de la UNNE. De la Universidad Nacional del Nordeste, que incluso nos ha permitido enviar a nuestros estudiantes, anualmente desde el 2011, a concursos nacionales de litigación oral”, agregó.

 

Celeridad, transparencia, humanización

 

La transparencia en las decisiones judiciales y una mayor celeridad en el proceso, son dos de los beneficios que aseguran aportará esta nueva norma. “Los defensores por ejemplo, tenemos que trabajar de manera distinta, porque dejamos la escritura, el expediente, el trámite, la burocracia, para instalar la audiencia como metodología de trabajo y esto permite que funcione, durante todo el proceso, los principios del sistema acusatorio, que es el modelo constitucional y que permite la transparencia de las decisiones judiciales”, explicó Aromí.

 

En contraposición de modelos escritos, burocráticos “que nos separan de la gente. Y la audiencia permite que la gente pueda entender cómo se resuelven los conflictos”, destacó la jueza y comentó a modo de ejemplo que a partir de este nuevo sistema “cada vez que alguien, fiscal, defensor o querellante, quiera pedirle algo al juez, va a tener que hacerlo mediante una audiencia que se va a realizar de manera oral y pública”.

 

La abogada resaltó también la visión más humanista del nuevo Código, pues “se potencian los derechos de las víctimas”. Explicó que en un sistema democrático, la Justicia Penal prevé mecanismos para los “pequeños conflictos”, familiar, vecinal, matrimonial, para los delitos culposos. “Vías alternativas de resolución de conflictos que tienen una mirada en la víctima fundamentalmente”, señaló.

 

“Entonces -el nuevo Código- hace que se pueda trabajar con una visión también más humanista. Que se piense en la víctima, en su reparación, que esa persona sienta que aunque no tenga dinero para pagar un abogado y constituirse en querellante, el sistema de justicia le da alguien que le representa igualmente”, agregó.

 

La jueza aseguró que esto “de algún modo comienza a pasar en nuestra provincia”, puesto que el tiempo que demandó el trabajo en la reforma del Código Procesal Penal, “las prácticas que ya se instalaron de oralidad, nos permitieron avanzar en esto”. A modo de ejemplo mencionó que “cuando entramos a una audiencia, les decimos a las víctimas que así como la persona acusada está representada por un abogado defensor, ellas no están solas en la audiencia, que el fiscal representa el interés general de la sociedad, pero también representa a esa persona”. Así, la víctima adquiere un rol protagónico en el proceso.

 

Imparcialidad del juez y plazos razonables

 

Además de la instauración de la audiencia como cambio fundamental, el Nuevo Código Procesal Penal de Corrientes contempla también una salida al “problema central del procedimiento mixto que tenemos en vigencia desde 1971”, señaló Aromí y explicó que al estar la investigación a cargo del juez, según la norma reemplazada, “esto hace que se alteren los roles naturales de los sujetos del proceso”. Sin embargo, el nuevo sistema “aclara estos roles, en resguardo de una garantía que es esencial, que es la imparcialidad del juez. Este debe ser imparcial, por lo tanto jamás debe investigar ni comprometerse con el interés de ninguna de las partes”, afirmó.

 

La profesora de Procesal Penal amplió entonces la explicación de la nueva norma: “el juez de instrucción desaparece y aparece el juez de garantías, durante la etapa de la investigación y la etapa intermedia que es la del control de la acusación. La información es de las partes. Y las partes tienen que aportar la información al juez en audiencias orales y públicas. De manera que los jueces solo vamos a poder decidir, en función de la información que las partes den al juez en las audiencias. Por eso asume su rol de actor penal público, el Ministerio Público Fiscal, una misión que le da la Constitución Nacional”.

 

“Y ahora se encomienda al fiscal, de forma plena, la investigación”, continuó su explicación. Es el fiscal quien tiene la responsabilidad de desarrollar la investigación y “de confeccionar, no un expediente, sino un legajo de investigación, donde se registra toda la información que colecta, las evidencias, etc. Legajo al que debe tener acceso, en todo momento, la defensa y naturalmente el querellante, si lo hubiera. Entonces, la información que está en ese legajo, es de las partes, pero no del juez. Y esto opera en resguardo de la garantía de la imparcialidad”, agregó.

 

De este modo, la decisión del juez se tomará “sobre la base de una información de mucho mejor calidad, pues será información aportada por las partes en una audiencia, y por tanto información eventualmente mejorada, confrontada, y viceversa”, remarcó.

 

“Y esto hace que todo sea más transparente y mucho más dinámico, por eso los tiempos se acortan también”, resaltó además Aromí.

 

Consultada justamente sobre los tiempos y dilaciones del proceso judicial, la magistrada se refirió a la “garantía de la razonable duración del proceso”. “Una garantía que ha sido largamente dejada de lado, pero que interesa a todas las partes involucradas en un conflicto judicial”, afirmó.

 

“Todos queremos resoluciones en un plazo razonable, y esto es lo que permite este nuevo sistema de justicia”, aseguró.

 

La especialista en Derecho Procesal Penal explicó que teniendo en cuenta que existen diferentes conflictos en la dinámica social, que impactan en la comunidad con intensidades distintas, actualmente son los “pequeños conflictos” los que insumen la mayor parte del tiempo judicial. Casos que “pueden resolverse mejor por vías alternativas”, contempladas en el Código y que permite la optimización de recursos.

 

“El nuevo Código prevé incluso técnicas especiales de investigación para aquellos delitos que son más complejos o tienen particularidades que justifican la utilización de estas técnicas especiales de investigación”, amplió en referencia al “conjunto de reglas que prevé una modalidad de Justicia Penal completamente distinta a la que hoy conocemos”.

 

La implementación y próximos objetivos

 

Por último, la jueza Aromí de Sommer se refirió al inicio de implementación de la nueva norma y los pasos a seguir.

 

“Costó muchos años tener una ley, tener un Código acusatorio, pero había que modificar estructuras. Y acá me parece importantísimo destacar el compromiso del Superior Tribunal de Justicia, de la Fiscalía General, y de la Comisión de Implementación que está integrada por representantes de los tres poderes del Estado”, dijo y valoró que el tema se haya instalado como política pública.

 

“Durante este tiempo se generaron estas nuevas estructuras que son las que van a permitir que comience a andar este nuevo sistema”, agregó y mencionó la Oficina Judicial -que actualmente solo existe en Paso de los Libres y Monte Caseros-, y que se encargará de gestionar las audiencias orales del nuevo sistema de justicia.

 

Comentó también sobre la reasignación de recursos tanto humanos como materiales y la capacitación a operadores, que debido a las medidas de aislamiento social, se realizaron de manera virtual. “El tiempo fuerte de capacitación nos sorprendió en medio de la pandemia. Así que un enorme desafío pero hay un entusiasmo increíble en los operadores de Justicia”, señaló en ese sentido.

 

Con la satisfacción del logro pero con la mirada puesta en el futuro de la Justicia correntina, Aromí planteó también el mecanismo de juicios por jurados que “todavía sigue siendo una asignatura pendiente en nuestro sistema, pero que seguramente después que funcione plenamente el acusatorio, vamos a poder cumplir con ese mandato de la Constitución”, señaló

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ETIQUETADO: codigo procesal penal, Facultad de Derecho, gabriela aromi de sommer, justicia corrientes, unne
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