Buenos Aires, 14 septiembre (NA) — Las billeteras virtuales están alcanzadas por un régimen de información de ARCA que obliga a las plataformas a reportar determinados datos cuando los movimientos o saldos de sus usuarios alcanzan los límites establecidos por la normativa vigente. Según accedió la Agencia Noticias Argentinas, los montos son elevados y existe una diferencia importante según el titular sea una persona humana o una empresa. Para las personas humanas, el umbral vigente es de $50.000.000, mientras que para las personas jurídicas se ubica en $30.000.000. Esto no significa que una transferencia individual por ese importe genere necesariamente una investigación. El parámetro contempla los ingresos o egresos totales registrados durante el período mensual y el saldo existente al último día hábil del mes. CUÁLES SON LOS MONTOS QUE LAS BILLETERAS VIRTUALES INFORMAN A ARCA De acuerdo con la información oficial del organismo recaudador, los Proveedores de Servicios de Pago (PSP), las billeteras virtuales o digitales, y otras plataformas alcanzadas por el régimen deben informar cuando se cumple al menos uno de estos parámetros: * Personas humanas: ingresos o egresos mensuales iguales o superiores a $50.000.000. * Personas humanas: saldo final mensual igual o superior a $50.000.000. * Personas jurídicas: ingresos o egresos mensuales iguales o superiores a $30.000.000. * Personas jurídicas: saldo final mensual igual o superior a $30.000.000. Desde el período fiscal abril de 2026, el régimen contempla la información correspondiente a la totalidad de las cuentas que debe reportar cada plataforma para determinar si el usuario alcanza esos límites. Entre los datos suministrados aparecen la identificación de los titulares y demás integrantes, cantidad de cuentas asociadas, CVU, CBU u otros identificadores, además de los montos totales y tipos de ingresos y egresos y el saldo final mensual. La normativa establece que deben contemplarse los movimientos que modifiquen el saldo disponible y sean visibles para el usuario. También incluye información sobre cuentas ofrecidas por terceros cuando son administradas desde la plataforma. QUÉ PASA SI SE SUPERAN LOS $50 MILLONES Alcanzar el umbral no significa que ARCA aplique automáticamente una multa, cobre un impuesto adicional o bloquee una billetera virtual. Se trata de un régimen de información mediante el cual determinados datos pasan a ser reportados al organismo. Una cuestión diferente son los controles que pueden realizar las propias entidades financieras y billeteras. Las plataformas pueden solicitar documentación para justificar el origen de los fondos cuando una operación no resulte compatible con el perfil económico del cliente. Entre los documentos que habitualmente pueden servir como respaldo aparecen recibos de sueldo, facturas, comprobantes de ventas de bienes, documentación de préstamos o certificaciones de ingresos, dependiendo del origen del dinero. Por ese motivo, no existe un único monto por debajo del cual pueda afirmarse que una operación nunca será objeto de una solicitud de información. Los límites de ARCA corresponden al régimen informativo, mientras que los controles internos de las entidades responden a otras obligaciones y criterios. También hay que considerar las operaciones en moneda extranjera. ARCA establece que deben convertirse a pesos utilizando el tipo de cambio comprador del Banco Nación correspondiente al cierre del último día hábil del mes informado. Para criptomonedas o monedas digitales se aplica un criterio similar: el valor debe convertirse a pesos tomando la última cotización compradora fijada por el sujeto obligado al régimen al último día del mes. Así, para un usuario particular de una billetera virtual, el número central actualmente es $50 millones mensuales. Pero superar esa cifra no equivale por sí solo a quedar bajo investigación: lo que activa es la obligación de la plataforma de incluir la información del usuario en el reporte correspondiente a ARCA. Agencia NA
Fuente: Agencia Noticias Argentinas

