Los diputados nacionales Gerardo Cipolini y Aída Ayala presentaron un proyecto conjunto con sus pares del interbloque Juntos por el Cambio para modificar la ley de Régimen de Monotributo actual, con el objetivo de suspender el índice vigente de facturación y establecer nuevos montos.
La iniciativa plantea elevar los montos de las categorías de monotributo permitiendo que, hasta una facturación mensual de $ 169.235 y $ 253.853, para servicios y ventas respectivamente, puedan permanecer en el régimen, sin ser expulsados.
La propuesta de Sebastián Salvador fue acompañada también por los chaqueños y sus pares Mario Arce, Estela Regidor, Gabriela Lena, Carlos Fernández, Sofía Brambilla, Álvaro De Lamadrid, Hernán Berisso, Gonzalo del Cerro, Claudia Najul, Julio Sahad, Federico Zamarbide, Hector Stefani, Luis Pastori, Alberto Assef, David Schereth, Ingrid Jetter, Lorena Matzen, Dina Rezinovsky, Ximena García y Juan Martín.
“El proyecto propone modificar la Ley 26.565 para que numerosos contribuyentes, los más pequeños de la economía, puedan desprenderse de una enorme presión impositiva, en un momento en el que son los más perjudicados por la crisis sanitaria vigente”, afirmó Salvador.
Explicó que “se establecerían nuevas escalas aplicables para los períodos 2019 y 2020, para que aquellos contribuyentes que se vieron expulsados del régimen de monotributo por efecto de la inflación, puedan reingresar o permanecer en el mismo”.
Salvadorseñaló que “la modificación del artículo 20 de la Ley 26.565, fijaría que el cómputo de los ingresos brutos sea efectuado por mes calendario, de este modo iría en sintonía con el hecho Imponible del tributo que es mensual”.
“Los contribuyentes excluidos del régimen en los períodos 2019 y 2020 que estén tributando en el régimen general, podrán reingresar al régimen de monotributo siempre que su facturación esté comprendida en la nueva tabla de ingresos propuestos”, indicó el legislador por Buenos Aires .
“También se busca suspender la tabla de facturación de la AFIP para los períodos 2019 y 2020, sin afectar las contribuciones de obra social, previsión social e impuesto integrado, y que las causales de exclusión del régimen sea considerando la facturación de los últimos 12 meses calendario”, concluyó Salvador.

