Buenos Aires, 21 septiembre (NA) — El juez Juan Carlos Peinado dictó auto de apertura de juicio con jurado popular contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, por los presuntos delitos de tráfico de influencias y malversación, y contra su asesora, Cristina Álvarez, por el segundo. El titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid señaló que hay “indicios racionales de que la única explicación razonable de la secuencia descrita es la posición relacional de la acusada”, según informó Telemadrid. El instructor se refiere a la creación de una “cátedra extraordinaria a su medida” en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y a su nombramiento como directora, según los detalles del informe al que accedió la Agencia Noticias Argentinas. El magistrado sostuvo además que Gómez “solicitó, aceptó y aprovechó de forma estable la dedicación de una empleada retribuida por Presidencia a tareas ajenas al cometido institucional del puesto”. “La condición de cónyuge del presidente del Gobierno carece de toda regulación en nuestro ordenamiento”, por lo que no genera derecho a disponer de personal pagado con fondos públicos”, indicó el escrito. El auto de apertura rechaza exigir fianza a las acusadas y bloquear el dominio y la sociedad Transforma TSC, pero ordena averiguar la capacidad económica de Gómez a través de sus cinco últimas declaraciones del IRPF. Ambas acusadas deberán responder, en su caso, de los 113.509,32 euros que reclama la UCM: la Fiscalía dispone de diez días para presentar su escrito y la resolución no admite recurso. En su auto de apertura de juicio, Peinado indicó que la mujer de Sánchez “habría venido aprovechando su proximidad al presidente del Gobierno para impulsar su proyección profesional en el entorno de la Universidad Complutense de Madrid”. Según el juez, así obtuvo “una interlocución singular con responsables de una universidad pública, con empresas patrocinadoras y con entidades del sector tecnológico”, lo que presenta rasgos “susceptibles de integración en el delito de tráfico de influencias”. El titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid sostuvo que la mujer del presidente logró una “cátedra extraordinaria a su medida” y que hay “indicios racionales” de que la consiguió gracias a su “posición relacional”, en referencia a ser esposa de Sánchez. El magistrado dijo además que Gómez “solicitó, aceptó y aprovechó de forma estable la dedicación de una empleada retribuida por Presidencia a tareas ajenas al cometido institucional del puesto”. El instructor advirtió que, “por mucho que se busque en la jurisprudencia” desde el Código Penal de 1995, no se hallará un caso similar. En tanto, explicó que “las conductas que provienen de palacios presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado”, y añade entre paréntesis que “quizás hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII”. Según el auto de apertura, los hechos atribuidos a Gómez encajan en el artículo 429 del Código Penal, que castiga al particular que influye sobre una autoridad o funcionario, en este caso, “prevaliéndose de relación personal con el Presidente del Gobierno, y de este con el resto de la Administración”. Peinado dio especial peso a la reunión en La Moncloa con el entonces rector de la Complutense, Joaquín Goyache, quien declaró que conocía a la acusada solo “por los medios, obviamente, porque es la mujer del señor presidente del Gobierno” y después, trasladó un encargo al vicerrector Juan Carlos Doadrio. “Me dice que tengo que crear una cátedra para Begoña Gómez, la mujer (SIC) del presidente”, es el comentario que se le atribuye a ese funcionario. El magistrado subrayó que el rector ocultó esa reunión al vicerrector, lo que “evidencia una presión de naturaleza jerárquica”. También destacó la “celeridad inusitada” con que se creó la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva, que Doadrio resumió en una frase: “El convenio fue muy rápido, era como si ya estuviera preparado”. La cátedra comenzó sus actividades el 30 de octubre de 2020. El juez rechazó además los argumentos de la defensa de la esposa del presidente, ya que lo relevante no es que colaborase con la universidad desde el curso 2012/2013. El instructor sostuvo que lo relevante es “el salto cualitativo que esa relación experimentó a partir de 2020, con la creación de una cátedra extraordinaria a su medida”. Además, añadió que en esta fase basta con indicios de que “la única explicación razonable de la secuencia descrita es la posición relacional de la acusada”. El instructor aprecia que Álvarez “habría intervenido de manera continuada en actividades ajenas a las funciones propias de su puesto” Tampoco aceptó el argumento de que la dirección de la cátedra no estaba retribuida, porque el beneficio puede ser “directo o indirecto”. En tanto, recordó que la Audiencia Provincial ya estableció que “está fuera de toda duda el beneficio”; además, indicó que los ingresos de Gómez por la docencia en los másteres pasaron de 1.050 euros en el curso 2014/2015 a 14.595 euros en el 2020/2021 y a 14.900 euros en el 2021/2022. El juez añadió que el hecho de que el Ministerio Fiscal no acuse y pida el sobreseimiento “no impide la apertura del juicio oral”, a la vez que sostuvo que la ley atribuye esa decisión a los magistrados “sin condicionarla a la posición del Ministerio Fiscal”. Además, al tratarse de bienes jurídicos colectivos, la jurisprudencia admitió que la acusación popular sostenga “por sí sola la pretensión acusatoria”. MALVERSACIÓN En cuanto a la malversación, el instructor aprecia que Álvarez, personal eventual de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, “habría intervenido de manera continuada en actividades ajenas a las funciones propias de su puesto”. Esas actividades estaban vinculadas a la cátedra y al software. Mientras tanto, según el informe del Ministerio de la Presidencia, cobró en total 401.802,40 euros brutos con cargo a fondos públicos desde 2018. CONDENA DEL GOBIERNO El Gobierno “condenó” la decisión del juez Juan Carlos Peinado de abrir juicio por varios delitos a Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que consideran “injusta”, “arbitraria” y parte de una “persecución” y espera que el jurado popular encargado de tomar la decisión, impartirá justicia. Para el Ejecutivo durante la instrucción del caso ha quedado “clara y demostrada” su inocencia y, por lo tanto, se muestran convencidos de que también quedará probada durante el juicio. “Mantenemos nuestra plena confianza en que el jurado será ecuánime e impartirá justicia”, señalan fuentes de Moncloa. En la misma línea reprochan que Peinado ha llevado a cabo “una instrucción arbitraria e injusta que solo responde a la persecución judicial contra Begoña Gómez” por el único motivo, dicen, de ser esposa de Sánchez. Además, ven “intolerable” que se notifique este auto judicial “una vez más” coincidiendo con un viaje internacional del jefe del Ejecutivo, que se encuentra rumbo a Nueva York para participar en la semana de alto nivel de la Asamblea General de Naciones Unidas. Agencia NA
Fuente: Agencia Noticias Argentinas

