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Nacionales

Un fiscal de San Isidro avisó que aplicará la nueva ley que baja la edad de imputabilidad

Última actualización: 9 septiembre, 2026 00:42
9 septiembre, 2026
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3 min de lectura
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Buenos Aires, 8 septiembre (NA) — Un fiscal penal juvenil de San Isidro, Andrés Zárate, afirmó que en su jurisdicción no suspenderá 60 días el nuevo Régimen Penal Juvenil, que fue frenado por un dictado de la jueza de Lomas de Zamora Marta Elba Pascual, quien cuestionó la falta de infraestructura para alojar a los adolescentes. En declaraciones al canal Todo Noticias (TN), Zárate señaló que mantendrá vigente la ley 27.801 y criticó con dureza la determinación de la magistrada lomense. “La decisión de la jueza es un absurdo. En este caso, a mi juicio, la decisión de la jueza no está dentro de sus atribuciones como juez. No puede suspenderla”, precisó. Sobre la resolución de la magistrada Pascual, Zárate afirmó que ella puede, en un caso concreto, no aplicar determinada norma declarando su inconstitucionalidad, pero añadió que “suspender la aplicación de una norma salida del Congreso de la Nación, una norma penal, es un absurdo procesal, un absurdo constitucional y un absurdo jurídico”. La Justicia bonaerense resolvió suspender preventivamente por 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires con el fin de evaluar si el sistema dispone de la capacidad necesaria para implementar las nuevas disposiciones sin afectar los derechos de los adolescentes. La medida adoptada por la titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora se dictó luego de que la Federación Familia Grande Hogar de Cristo presentara un habeas corpus preventivo colectivo en representación de adolescentes privados de su libertad. Consultado sobre qué ocurriría si un joven de 14 o 15 años comete un delito grave en San Isidro, Zárate indicó con firmeza: “A mi juicio es plenamente vigente”. Respecto al argumento de Pascual —que la falta de establecimientos específicos impide aplicar el nuevo régimen—, el fiscal recordó que previamente los adolescentes acusados de delitos también quedaban detenidos con medidas de seguridad. “No iban a ser condenados, no iban a ser procesados por ese delito, pero sí se disponía judicialmente de ellos. E iban a institutos también”, explicó al describir la aplicación anterior a la reforma. Por último, Zárate destacó que la Ley 27.801 prevé penas alternativas y un máximo de 15 años de prisión para los adolescentes, por lo que la privación de la libertad no se aplica en todos los casos. “Difícilmente un fiscal o un juez coherente en la provincia de Buenos Aires le dé el alcance que ella quiso darle”, concluyó el fiscal.

Fuente: Agencia Noticias Argentinas

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